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En el presente artículo, trataremos de clarificar una cuestión que sigue confundiendo a una parte del colectivo opositor, cual es el de las diferencias entre unidades didácticas y situaciones de aprendizaje, de cara a su preparación y defensa en las oposiciones de Lengua castellana y Literatura. Trataremos en qué consisten y qué particularidades poseen cada una de ellas.
No os olvidéis de que la programación de aula se compone de un determinado número de unidades didácticas o situaciones de aprendizaje. Estas unidades de programación estarán temporalizadas según el calendario del curso académico de la comunidad autónoma concreta.
Arte y ciencia de la tarea de programar: proyectar el presente al futuro
En el campo de la educación, a todos los niveles, la tarea de programar ha sido y es una de las más tratadas y desarrolladas. Es ingente, monstruosa, la cantidad de cursos, jornadas, seminarios, asignaturas… sobre esta cuestión. Todos tienen un denominador común: intentan explicar en qué consiste programar el trabajo diario en las aulas. Parece, por tanto, que la respuesta o respuestas no son muy complejas: adecuando la acción programática a las variables que rigen los posibles escenarios, seremos capaces de trazar un itinerario de actuación plausible y realista. Por tanto, debemos saber de antemano para qué sirve programar unidades o situaciones de aprendizaje, de dónde partimos, qué vamos a hacer, dónde lo haremos y cómo lo haremos.
A la hora de establecer las diferencias entre unidades didácticas y situaciones de aprendizaje, por los cauces de la pura lógica, llegamos a la consideración de que las UUDD o SSdA se proyectan al futuro desde el presente mediante las actividades de aula, que son el acto curricular más cercano y concreto en la intervención didáctica con nuestro alumnado, y con las cuales dibujamos una considerable variedad de situaciones y escenarios.
En este sentido la acción de programar las tareas de desarrollo y aplicación al aula de nuestro currículo LOMLOE viene a ser una suerte de plasmación formal de un conjunto de contenidos y actividades pensadas para que sean trabajadas en un contexto y en futuro más o menos próximo.
La relevancia de los ejes transversales
Como la propia enseñanza, crear UUDD o SSdA no es una tarea simple, sino compleja y contextualizada. En ambos constructos intervienen valores, concepciones, ideas, y, además, esto se da en el contexto de un proceso educativo caracterizado por el cambio constante y en el que programar también lo es en actitudes, posiciones, puntos de vista, valores, principios, etc.
Los ejes temáticos dotan de coherencia a estas dos unidades de programación. Este planteamiento ostenta una serie de objetivos fundamentales que se orientan a la mejora de la persona en todas sus dimensiones: alumnado y profesorado además de la necesidad de mejorar e impulsar modelos de concordia en los propios centros educativos y en la educación en general.
Antecedentes que explican los actuales métodos de programar
Existen algunos antecedentes que nos ayudan a entender la importancia que en nuestros días alcanza la tarea de programar ya sea para un curso académico (programación didáctica), ya para un determinado número de sesiones (unidad didáctica o situación de aprendizaje).
Para situar la cuestión en sus antecedentes, diremos que, en la década de los 50, los teóricos de la enseñanza se propusieron equiparar la Pedagogía con otros campos de conocimiento humanísticos. Dentro de las ciencias sociales se puso en boga una visión científica de la educación basada en modelos y propuestas que pretendían organizar el currículo, las experiencias de aprendizaje y una construcción más científica de la evaluación. En estos momentos, la técnica era muy básica: se formulaban unos objetivos y se diseñaban actividades terminales para comprobar si se habían conseguido los objetivos programados.
En las plantillas de programación aparecían redactados los objetivos operativos, el análisis de sus taxonomías, la planificación (quincenal, mensual, diaria, trimestral, corta, larga, etc.). La práctica se reducía a programar unos objetivos bien definidos y bien enunciados. A partir de ese momento las actividades debían definir los objetivos a alcanzar, en qué tiempo, con qué recursos, etc. Finalmente, la selección de actividades-tipo, terminales, que permitirían comprobar el resultado obtenido en la consecución de los objetivos definidos.
Las unidades de aprendizaje
El método de enseñanza imperante a lo largo de muchas décadas se basaba en la tradicional secuencia:
- Lectura del libro de texto.
- Explicación de lo leído.
- Ejercicios del libro.
- Prueba objetiva.
Este método encorsetado en la praxis común y estandarizada presenta indudables limitaciones, pero, por otra parte, no podemos cierta utilidad en ciertos contextos de grupo-aula.
Considerar las diferencias entre unidades didácticas y situaciones de aprendizaje en Lengua castellana y Literatura, pasa por entender que se trata de pares adyacentes de un concepto más comprensivo que podríamos denominar “unidades de aprendizaje”.
Hoy en día se hace evidente que nuestra práctica educativa no se reduce a una programación oficial y escrita. En este proceso, y más ahora con la LOMLOE, intervienen participantes y denominadores comunes, organizadores transversales de nuestras programaciones, unidades o SSdA donde intervienen factores como la reflexión, acción, regulación, actitud y pensamiento, empatía, etc. Los alumnos y alumnas no son máquinas orientadas a conseguir objetivos fijos. Tampoco los consiguen del mismo modo o en el mismo tiempo.
Entonces ¿Cuál de las dos opciones escoger?
Sobre las diferencias entre las situaciones de aprendizaje entendidas en sentido amplio o sensu stricto ya hablamos en una entrada pasada. Recordaremos que algunas comunidades autónomas han entendido que el concepto de situación de aprendizaje se puede equiparar al de unidad didáctica. Otras trazan una medianería entre estas dos unidades de programación dando a elegir entre alguno de los dos mecanismos programáticos.
De cara a su proceso selectivo de 2024, Andalucía, por ejemplo, ha establecido que los opositores y opositoras andaluces deberéis entregar una unidad didáctica que contenga, al menos, una situación de aprendizaje. Nos encontramos, pues, ante una definición “stricto sensu” de SdA . Esta definición está recogida en el Anexo III del RD 217/2022, la primera norma en definir y caracterizar este constructo pedagógico de la LOMLOE.
Con carácter general, habrá que estar a lo dispuesto en las convocatorias de las diferentes comunidades autónomas. Decimos esto por el hecho de que, en ocasiones, se forma cierto revuelo con cuestiones como la que aquí estamos tratando. Al principio sobre todo: ¿unidad didáctica o situación de aprendizaje? Y, además, en ocasiones los opositores y opositoras os dejáis llevar por rumores, opiniones de sindicatos o de preparadores que responden según su criterio o creencia. Las Órdenes o Resoluciones de las convocatorias de oposiciones son las normas de rango a las que debéis hacer caso. Siempre que no sean aclaraciones, notas informativas o circulares de la propia Administración educativa, no debéis hacer caso a rumores, especulaciones o suposiciones.