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¿Cambios en las oposiciones de Secundaria en el horizonte?

    Introducción: la corporeidad de los cambios en las oposiciones de Enseñanza Secundaria

    Como ya tratamos en su día (leer artículo “¿Cómo afectarían a las Oposiciones a profesor de Secundaria las medidas para la reforma de la función pública?») los cambios en las oposiciones de Secundaria propuestos en las «24 propuestas para la reforma de la profesión docente» vuelven a hacer acto de presencia; esta vez con la firme intención de aplicarse.

    Recientemente hemos conocido la iniciativa legal del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, en fase de borrador, que contempla importantes cambios que impactan de manera directa en la redefinición de la función pública docente y, más concretamente, en el actual modelo de oposiciones a profesor de Secundaria. Se trata de un borrador de medidas que nos afectan de manera directa:

    • Cambios relativos al actual sistema de oposiciones docentes (Real Decreto 276/2007).
    • Sustitución de los actuales temarios de oposiciones.
    • Medidas relativas al desarrollo de la fase de prácticas.

    En este artículo reflexionamos sobre estos posibles cambios en las oposiciones a profesor que, de materializarse, afectarían al planteamiento del método de preparación de las mismas.

    El proceso de negociación iniciado, tiene como meta una reforma de calado del sistema de acceso a la función pública docente. Esta reforma sustituiría al sistema de acceso establecido, regulado en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006.

    El objetivo es adaptar el sistema selectivo a las retos actuales del sistema educativo. En este sentido, una de las novedades es la de otorgar una mayor relevancia a las competencias profesionales. Para ello pretende reforzar la capacitación competencial, junto con una revisión integral de todas las fases de las oposiciones.

    La reforma del sistema de acceso a profesor de Secundaria post-LOMLOE

    Como tratamos en otro artículo, el actual sistema de ingreso al cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria se rige por un Reglamento LOE, el del Real Decreto 276/2007. Este Reglamento ha sido sometido a diversas modificaciones. La más destacada fue la que introdujo el Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, por el que se modificó el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos
    docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006. Este real decreto fue el que reguló el sistema de acceso transitorio de las oposiciones de secundaria de 2023.

    La Lomloe (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) no introdujo modificaciones de facto en el funcionamiento, estructura y desarrollo de las oposiciones docentes. El legislador decidió prorrogar el tradicional sistema de acceso del Reglamento LOE de 2007 antes aludido.

    ¿Una reforma del sistema de acceso necesaria?

    Ell actual modelo de oposiciones viene siendo cuestionado desde hace tiempo con críticas a su capacidad para evaluar los conocimientos, destrezas y habilidades de los opositores y opositoras en un contexto de cambios y reformas continuas del sistema educativo. Además, se ha puesto de relieve su subjetividad en la evaluación de los candidatos a profesor.

    La sustitución del actual sistema selectivo se justifica por la necesidad de asumir como uno de los retos del sistema educativo el de evaluar las habilidades docentes, más que los conocimientos o saberes. Además, se plantea la necesidad de que el actual temario de oposiciones contemple aspectos de carácter legislativo. Las oposiciones entran a valorar el conocimiento legal y pedagógico de los futuros docentes. Los aspirantes se preparan para ser profesores, pero también para ejercer como funcionarios de carrera, por cuanto el conocimiento normativo es un aspecto muy relevante. Además, en el plano pedagógico, demostrará su capacidad para conseguir los principios del sistema educativo actual (artículo 1, LOE-LOMLOE), tales como:

    • La calidad de la educación para todo el alumnado.
    • La equidad e igualdad de oportunidades en aplicación del DUA.
    • El fomento de la educación como un proceso de aprendizaje permanente que se desarrolla a lo largo de la vida (art. 5, LOE-Lomloe).
    • La orientación educativa y la función tutorial (artículo 6.d de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. Derechos básicos del alumnado).
    • La inclusión educativa y la flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.

    ¿Cómo podrían ser las nuevas oposiciones a profesor de Secundaria?

    Nos detenemos ahora a analizar las particularidades que podría adoptar el nuevo sistema de ingreso en la función pública docente, a la luz del precedente del reciente Real Decreto 68/2026, de 4 de febrero, que regula la Inspección Educativa. Concretamente, esta norma introduce modificaciones sustanciales en el sistema de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, que podrían replicarse en el de Enseñanza Secundaria.

    Primera parte: temario y prueba práctica

    Primera prueba: cuestiones específicas sobre el temario

    La primera prueba consiste en contestar a un cuestionario de entre 20 y 30 preguntas de desarrollo breve, referidas a la parte del temario, para cuya resolución será necesario un conocimiento global del mismo. La duración de la prueba se adecuará al número de preguntas y al grado de desarrollo exigido. Además, los temarios o temas podrán incluir un anexo de carácter legislativo y pedagógico.

    Segunda prueba: revisión de supuestos prácticos y aplicaciones didácticas

    El borrador habla de revisar los actuales supuestos prácticos y aplicaciones didácticas de las oposiciones. La revisión del modelo de examen práctico se realizaría en colaboración con las comunidades autónomas, virando hacia un planteamiento didáctico y pedagógico. Comunidades autónomas como Cataluña, Euskadi o Canarias, llevan años ejecutando un modelo de aplicación didáctica orientado a comprobar las competencias pedagógicas de los aspirantes. El resto de autonomías aplica la tradicional prueba de habilidades científicas y técnicas.  

    Segunda parte: programación didáctica y unidades didácticas/ situaciones de aprendizaje

    Esta segunda parte asume un gran protagonismo en la definición del nuevo sistema de acceso. En efecto, los aspirantes deberán demostrar capacidades y destrezas para la consecución los principios y fines del sistema educativo (artículos 1 y 2 de la Ley 2/2007, de Educación, LOE, en la nueva redacción dada por la LOMLOE). De este modo se evaluará la capacidad de los aspirantes en:

    • Aplicar estrategias netamente competenciales.
    • Gestionar la diversidad y la inclusión educativa, aplicando, cuando sea necesario, los principios fundamentales del Diseño Universal de aprendizaje (art. 4.3, LOE).
    • Fomentar el aprendizaje basado en las nuevas tecnologías y las TIC. En este sentido: los entornos virtuales de aprendizaje que se empleen en los centros docentes sostenidos con fondos públicos facilitarán la aplicación de planes educativos específicos diseñados por los docentes para la consecución de objetivos concretos del currículo, y deberán contribuir a la extensión del concepto de aula en el tiempo y en el espacio (artículo 111. bis, LOE-LOMLOE).

    Los cambios en la estructura y contenido de esta segunda parte deberán sustanciarse en colaboración con las comunidades autónomas, oídos los agentes educativos intervinientes.

    ¿Y la sustitución de los actuales temarios de oposiciones?

    Uno de los pilares fundamentales se incardina en la renovación de los actuales temarios de oposiciones docentes.

    Algunos temarios, sobre todo los de especialidades más técnicas, no han avanzado al ritmo de los cambios que han experimentado las disciplinas científicas que los informan. En estas materias los temarios han quedado obsoletos y desactualizados. Además, perviven de espaldas a los currículos Lomloe establecidos (Reales Decretos 217/2022 y 243/2022, entre otros). Este hecho dificulta, en cierta manera, la ejecución de algunas funciones del profesorado. Una de ellas es la investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza (art. 91.l LOE, Funciones del profesorado).

    Pero la clave de la reforma no apunta, únicamente, a la necesidad de modificar contenidos. De manera paralela plantea revisar el enfoque de evaluación de los conocimientos exigidos. En este sentido, pone en valor, como hemos referido, la revisión de las competencias relacionadas con la innovación educativa, la inclusión, el uso de tecnologías digitales, la evaluación del aprendizaje y la buena gestión de la realidad del aula.

    ¿Afectaría este cambio a las oposiciones de Secundaria 2027?

    Como hemos señalado, los cambios que pretenden aplicarse se encuentran en una fase de borrador y negociación que quedará aparcada durante el mes de agosto y se se reanudará en septiembre. Este aplazamiento dilata su proceso de aplicación. Las modificaciones que contempla el borrador son sustanciales, de gran calado y repercusión, por cuanto pensamos que es muy difícil su aplicación en las próximas oposiciones de 2027

    No obstante, tras comprobar la rapidez con la que se tramitó la Lomloe y su puesta en vigor, todo escenario es posible. En principio la hipótesis más razonable y sensata es que la reforma de las oposiciones docentes no adquiera firmeza y vigor de manera inmediata.

    Algunas líneas fundamentales del borrador de las propuestas

    Una novedad sustancial del futuro modelo de acceso será la de una mayor ponderación y relevancia de las competencias docentes frente al aprendizaje puramente memorístico.

    El Ministerio contempla un modelo de pruebas que permita valorar las competencias, capacidades, destrezas y habilidades de los aspirantes para desarrollar su trabajo docente en el aula. Las modificaciones afectarían a las pruebas prácticas, la defensa de la programación, unidades didácticas y situaciones de aprendizaje y a la evaluación de los métodos pedagógicos.

    La propuesta de borrador del proyecto de reforma de las oposiciones al profesorado pone el acento en evaluar dimensiones tan relevantes como:

    • Correcta y adecuada planificación de los procesos de enseñanza-aprendizaje.
    • Diseño de actividades competenciales, adaptadas al alumnado (artículo 6.3 del Real Decreto 217/2022).
    • Resolución de situaciones contextualizadas en el aula.
    • Movilización de metodologías activas, colaborativas y competenciales.
    • Evaluación integral, continua y formativa del aprendizaje mediante criterios competenciales.
    • Relevancia de la orientación educativa y función tutorial (art. 91.c, LOE; art. 6.8 del RD 217/2022 y Decretos de orientación educativa específicos de las distintas comunidades autónomas; entre otros).
    • Equidad e inclusión educativa, principio fundamental del sistema educativo (art. 1.b, LOE-LOMLOE).

    Con ello, el proceso de oposiciones pondrá el foco en las habilidades competenciales para afrontar los retos actuales del sistema educativo, que se alinean con el ODS 4: “garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos”.

    La postura de preparadorlengua ante los cambios en el sistema selectivo y el nuevo temario de oposiciones

    En preparadorlengua nos pondremos a trabajar con tiempo y cautela en la adaptación de nuestros materiales a los cambios que se anuncian en el horizonte.

    El precedente más inmediato lo tuvimos con la modificación y adaptación a la LOMLOE del temario, plantillas de programación didáctica y elaboración de unidades y situaciones de aprendizaje con un año de antelación a la aprobación de los reales decretos de enseñanzas mínimas de la nueva Ley educativa.

    En efecto, realizamos tal adaptación con los borradores legislativos de los nuevos currículos que, posteriormente, se confirmaron y adquirieron firmeza legal. Esta medida anticipatoria nos permitió adelantarnos al cambio legislativo y tomar ventaja en la preparación de las aplicaciones y fundamentaciones legales del temario y de la Didáctica.

    Nuestro objetivo, siempre, es el de dar cobertura y apoyo a nuestros opositores y opositoras ante un posible cambio total del temario y la redefinición de la estructura y contenido de las pruebas del actual sistema selectivo.

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